Foro sobre Daño Cerebral
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derrame cerebral y accidente laboral

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Mensaje por natalia Lun Ago 17, 2009 12:22 pm

Hola a todos. Conozco el foro desde hace poco tiempo pero ha sido una grata sorpresa encontrar este punto de encuentro. El daño cerebral afecta a muchas personas cada año pero parece que a veces te metes tanto en tu familia que es como si algo así solo te estuviera pasando a ti. Creo q compartir experiencias no solo te ayuda a sentirte "menos solo" sino a entender que las cosas pasan y siempre se sigue adelante.

dicho esto, tengo una pequeña consulta. En mi presentación ya explicaba un poquito. Mi padre sufrió un derrame cerebral mientras conducía su camión. Si trabajase para cualquier empresa, no cabría duda en su consideración de accidente laboral pero, al ser autonomo, el concepto desaparece...por cosas de seguros y demás dolores de cabeza tenemos que tratar de justificar la relación causal trabajo y derrame. Para ello, necesitamos un buen especialta en neurologia que avale el argumento porque no es una cuestión de mero peritaje. Las cosas son así y durante todo el proceso de recuperación, no hemos tenido contacto con ningún neurólogo del sistema sanitario y el neurocirujano que le opero no creo q estuviera dispuesto a "perder el tiemp" con informes q ni le van ni le vienen.

nose si conococéis o habréis leido sobre algún especialista que incida en el tema del estrés laboral y los accidentes cerebrovasculares, pero si fuese así, os estaría enormemente agradecida..

bueno, ahí queda mi consulta, muchas gracias por leer, de todos modos. saludos

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Mensaje por Almu42 Jue Ago 20, 2009 10:06 am

Hola, Natalia! Me alegro de verte de nuevo por aquí!

Bueno, lo que planteas no es tan fácil como parece; Pedro, mi marido, tuvo una hemorragia mientras trabajaba por hipertensión; tras varios meses de pruebas, han llegado a la conclusión de que su hipertensión es esencial y puede ser que su causa sea el estrés, ya que no tiene ninguna patología a la que asociarla. Pero aunque su derrame lo hubiera ocasionado un aneurisma, por ejemplo, también habría de ser accidente de trabajo, primero por que se produjo trabajando y detrás por otros motivos que presumen que es así y que no comento porque se haría un post muy largo.

Sin embargo, la mutua de accidentes de la empresa no reconoce el accidente laboral y en esas estamos. En realidad, ninguna mutua ni ningún seguro reconoce la contingencia profesional en primera estancia, simplemente porque los ACV no están recogidos expresamente por ley, aunque ya existe jurisprudencia que asimila los ACV a los infartos de corazón que sí están recogidos expresamente como accidentes laborales. Ya sabes, los seguros y las mutuas tienden a gastar poco y ganar mucho.

Quien decide en primera estancia la contingencia? Pues el INSS; supongo que nada tiene que ver que tu padre no sea trabajador por cuenta ajena; de todos modos, asegúrate poniéndote en contacto con alguna oficina de tu localidad:

http://www.segsocial.es/Internet_1/Oficinas/Listado/index.htm?Comu=M&loc=1&Cod=M&Cod_Centro=5&Ini=0&Org=S

Al INSS les mandas un escrito con lo ocurrido y los informes que tengas; si a ellos les falta algún documento más, no te preocupes que te lo piden. Después sólo queda esperar su resolución.

Posteriormente y si el INSS determina enfermedad común, entonces nos queda la vía judicial y ahí sí que habría tomar lo servicios de un perito. Este perito es un médico especialista en salud laboral, no ha de ser cualquier neurólogo, Natalia. Generalmente, el abogado que tomemos para que nos lleve el caso, suele tener en su equipo o algún contacto que resuelva este punto.

Bueno, creo que éste es un resumen de lo que más menos se habría de hacer. De todos modos lo primero que haría sería ponerme en contacto con el INSS para que me resolvieran todas las dudas (si ellos son competentes para determinar la contingencia en caso de autónomos etc) y después si necesitas una mano, sólo tienes que decirlo y vamos pasito a paso.

Un beso y mucho ánimo

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Mensaje por natalia Jue Ago 20, 2009 2:27 pm

muchas gracias almu, de verdad. la cuestión es muy complicada, de eso soy muy consciente. mi padre esta percibiendo por el INSS por enfermedad común, ya está declarada. en su momento no lo impugnamos pq mi padre no tenía cubiertas las contingencias laborales (era autónomo y tampoco hace tanto tiempo desde q los autónomos pueden acceder a esta opción). Ahora tendremos q ir por la via judicial; ya contamos con un abogado. Fue él mismo el que nos recomendó que buscásemos un buen especialista en el tema; aunque él tiene sus contactos con peritos de salud laboral, por su experiencia dice q, ante casos tan complejos como este, es mejor llevar un respaldo fuerte q avale nuestra postura.

si al final del proceso, el INSS mantiene su postura en pasarlo por enfermedad común, soy consciente de q si q no hay nada q hacer con la aseguradora...y meterse en esa marabunta de costes de juicios es un "david contra goliat" que no tiene sentido.

seguiré buscando...pero de verdad que muchas gracias.

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Mensaje por Almu42 Jue Ago 20, 2009 3:44 pm

Hola de nuevo, Natalia. No pensaba que vuestro tema estuviera tan adelantado. Pedro y yo seguimos esperando después de 10 meses la resolución... supongo que en Madrid tendrán atasco.

Bueno, vamos a los neurólogos. Hay un problema Natalia. Ningún neurólogo va a decir ante nadie que el estrés laboral es causa directa de un ACV... por qué? porque son varias las causas que han de confluir aunque se sospeche de una de ellas como causa dominante. Hace tiempo que no se esgrime este argumento porque es realmente muy subjetivo; lo que se plantea es que cuando una persona tiene un accidente de origen no traumático -como son los acv- en el marco de la realización de nuestra actividad laboral, es accidente de trabajo. Punto pelota. Este trámite ya lo han pasado los infartos de corazón -otro accidente no traumático- al recogerlo expresamente por ley y ahora se tiende a aplicar los precedentes que existen por similitud, de modo que personas con malformaciones genéticas vasculares, aneurismas, etc, han conseguido por via judicial la declaración de su accidente como contingencia profesional.

Esto es como todo: no es una ciencia exacta. Hay una parte a merced de la suerte, a merced del tribunal...

Administrativamente se tiende a no reconocerlo: tener a una persona incapacitada indefinidamente a cargo de las arcas del estado no interesa; claro que si el sistema sanitario recogiera un sistema de rehabilitación para personas con lesiones cerebrales adquiridas, con toda seguridad no habría 350.000 afectados a cargo de la seguridad social de por vida, y sumando. Pero este es otro tema, aunque influye todo.

Supongo que todo dependerá de la estrategia que considere seguir tu abogado, Natalia. La nuestra, en particular, tiene una perito muy buena para este tipo de cosas cuyos servicios espero no tener que tomar, porque parece ser que son bastante costosos, pero metidos en harina... Hasta septiembre no podrías hablar con ella; ya sabes, las vacaciones.
No obstante, estoy a tu disposición por si quieres que te de el contacto de mi abogada, pues el perito es de su equipo.

Y lo más importante: cómo va tu padre? Como dice la Neuro de Pedro: el cerebro evoluciona SIEMPRE.

Si tu quieres, ya nos irás contando.

Bss
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Mensaje por natalia Mar Sep 15, 2009 2:10 pm

Siento haber tardado tanto en responder pero he estado de vacaciones en un lugar bastante lejano y aislado y la desconexión ha sido total.

ahora de nuevo en el frente, ya os iré contando como va el proceso de lucha en este ambito, q debería ser el menos importante pero q mucho me temo, la realidad lo coloca a la cabeza.

un saludo muy fuerte

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Mensaje por Jorge Jue Sep 17, 2009 3:19 pm

Buenas Natalia, yo tambien me encuentro inmerso e n plena discusión con la Administración, en mi caso es sobre la calificación de mi grado de incapacidad laboral, el lunes espero hablar con un médico que me pueda hacer el correspondiente certificado médico para aportarlo al Juzgado, le comentaré vuestro caso a ver si os puede ayudar, ya os comentaré algo, un saludo
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